Unidad de Información Financiera: Declaraciones Voluntarias y Denuncias

La Unidad de Información Financiera se encuentra facultada para recibir declaraciones voluntarias y denuncias por situaciones u operatorias que hagan suponer que se relacionan con Lavado de Activos y/o Financiación del Terrorismo.

Las declaraciones voluntarias o denuncias no podrán ser anónimas y deberán presentarse o enviarse por escrito a la Sede Central o Sedes Regionales de la Unidad de Información Financiera.

Sede Central: Av. de Mayo N°761 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sede Regional Norte: Deán Funes 116, 3er Piso (4400), Salta.
Sede Regional Litoral: Rivadavia 1435, 5to Piso, Oficina “B” (3300), Posadas.

El escrito deberá contener:

Los datos completos de la persona declarante/denunciante (apellido, nombre, documento de identidad y número, teléfono, domicilio y -si tiene- dirección de correo electrónico).
Los hechos que declara/denuncia, con la mayor cantidad de datos posibles.
Toda la documentación que respalde la declaración/denuncia con que cuente el declarante/denunciante.
Deberá adjuntar copia de DNI, Pasaporte o acreditación fehaciente de identificación y/o personería jurídica.

Los funcionarios y empleados de la Unidad de Información Financiera están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia. El mismo deber de guardar secreto rige para las personas y entidades obligadas por esta ley a suministrar datos a la Unidad de Información Financiera. (Art.22, Ley Nº 25.246).

¿Qué es la Unidad de Información Financiera?
La Unidad de Información Financiera (UIF) tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de la información recibida, a fin de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de los delitos de tenencia y comercialización ilícita de estupefacientes, contrabando de armas, actividades de una asociación ilícita o de una asociación ilícita¹ terrorista² ,fraudes y otros delitos contra la Administración Pública, prostitución de menores y pornografía infantil y financiación del terrorismo³.

Entre las facultades que posee la UIF se encuentra la de solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales, y a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, quienes estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley.

¿Se pueden realizar denuncias?
Toda persona ajena al sector público y no comprendida en la obligación de informar contemplada en el artículo 20 de la Ley 25.246, se encuentra habilitada para formular denuncias por situaciones u operatorias que hagan suponer que se relacionan con lavado de dinero y/o con financiación del terrorismo.

Los datos completos de la persona denunciante (apellido, nombre, documento y número de identidad, teléfono, domicilio y, si tiene, dirección de correo electrónico);
Los hechos que denuncia, con la mayor cantidad de datos posibles; y
Toda la documentación que respalde la denuncia con que cuente el denunciante.
Una vez que hayas presentado el escrito en la UIF, la copia será recibida y fechada por el organismo para tu constancia.

¿Qué es el lavado de dinero?
La expresión “lavado de dinero” se origina a principios del siglo XX y está vinculada a las actividades ilícitas de Al Capone, quien creó una cadena de lavanderías automáticas a través de la cual se hacían pasar utilidades de orígenes ilícitos por utilidades de orígenes legales.

Hoy en día se utiliza el término para hablar de los procedimientos que pretenden ocultar, disimular y encubrir el origen ilícito de determinados bienes o el producto de actividades delictivas con la finalidad de convertirlos en otros bienes u actividades que resultan aparentemente lícitas.

¿Cuáles son sus efectos nocivos?
El lavado de dinero es un delito que puede contaminar o desestabilizar los mercados financieros y, de esta manera, poner en peligro los cimientos económicos, políticos y sociales de los Estados; en especial de aquellos cuyas economías son débiles o no poseen una democracia estable.

Esta corrosiva característica que posee el lavado de dinero radica en las enormes sumas que mueven las actividades de las que se nutre: las ilícitas y las que pretenden mostrarse como lícitas pero no lo son.

La inversión de grandes cantidades de dinero ilícito en un determinado sector o actividad genera distorsión e incluso descontrol en los niveles de precios, originando competencia desleal para los participantes legítimos de esos mercados. Estos participantes se sienten entonces ante una encrucijada que los obliga a elegir entre desaparecer del mapa económico o adoptar prácticas corruptas para competir.

De esta manera, el lavado de dinero provoca un efecto negativo multiplicador: su corrupción -material y moral- se expande a toda la economía y las consecuencias se trasladan a toda la vida política y social de un país, avalando actividades ilegales como la delincuencia y la corrupción.

En conclusión, el lavado de dinero tiene efectos nocivos sobre los países por las consecuencias que puede provocar:

Proveer nuevos recursos a las actividades delictivas
Distorsionar los mercados financieros
Desestabilizar las tasas de interés y el tipo de cambio de las economías nacionales
Generar aumento de inflación
Destruir la actividad económica real generando un capitalismo virtual
Empobrecer a los Estados
Generar mayor endeudamiento soberano

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